sábado, 30 de octubre de 2021

 La vivienda y su Ley

Solo un anteproyecto

Más tarde de lo previsto, después de varios anuncios fallidos, por fin el Gobierno (Gobierno de coalición, ya saben) dice que ha dado a luz el Anteproyecto de Ley de la Vivienda. ¿Sería tal vez oportuno aplicarle la calificación de "parto de los montes"? Es posible; el tiempo lo dirá. 

Una somera lectura de las informaciones disponibles sobre el contenido del anteproyecto provoca sorpresas, alegrías o disgustos; depende del talante político del lector. En cualquier caso, el acuerdo me parece lo que quizás es: el resultado de un laborioso proceso de negociación entre dos formas distintas de resolver un problema grave y apremiante.

Se abre ahora un camino largo, probablemente lento y de resultados impredecibles. La Ley va a tramitarse por el procedimiento normal, salvo que triunfe la tesis de UP, lo que hace esperar que el texto definitivo ni será el que ahora conocemos, ni lo veremos publicado antes de quién sabe cuándo. 

No lo tomen como vaticinio sino cómo acertijo ¿qué llegará antes, la Ley de la Vivienda o los resultados de las próximas elecciones generales? Y si es lo segundo ¿en qué quedará el texto actual? Por último ¿seguro que sería necesario el triunfo de los Partidos conservadores para una reconsideración del proyecto o bastaría con que no fuera necesario reeditar el actual Gobierno de coalición? 


Reflexiones que no vienen mal antes de empezar

La vivienda es más que un bien material: es uno de los pilares sobre los que se asienta la vida de los humanos desde que abandonó el nomadismo, si es que no es anterior. Sería, pues, deseable que el modo en el que vaya a enfocarse esta materia fuera el fruto de un acuerdo lo más amplio posible. Por lamentable que sea, no veo indicios de que vaya a ser así.

No obstante, hay una realidad poco o nada discutible: en términos estadísticos y de valoración social, en España se le ha dado prioridad a la vivienda en propiedad frente a la ocupada en régimen de alquiler.  

A este respecto,

  • Hace años leí un documentado trabajo que llegaba a una sorprendente conclusión: la relación entre subdesarrollo y vivienda en propiedad era evidente. En el año 1988, creo recordar, el país con un mayor porcentaje propietarios de viviendas Bangladesh; en el extremo opuesto, Suiza. España estaba entre los países en que la proporción de casa propia era mayor.
  • Tenemos un parque escaso de viviendas de alquiler y su precio es elevado en relación con las rentas disponibles. No tiene sentido compararnos con Luxemburgo o con Londres para consolarnos. Es un espejo tramposo.
  • El desequilibrio se agrava cuando el aspirante a arrendatario es menor de 30 años.

Dejo para otra ocasión profundizar sobre las ventajas e inconvenientes de propiedad versus alquiler, pero, a propósito de cómo resolver este último problema, cómo lograr que el alquiler de vivienda se accesible para los jóvenes, no hay duda de que se puede incidir sobre cualquiera de los dos términos del problema: bajar los precios de los alquileres, o mejorar los ingresos del futuro arrendatario. Alquileres más baratos o salarios más altos (o las dos cosas ¿verdad?) La Ley que comento, por supuesto, sólo trata de moverse en el primer parámetro.


El complejo entramado de los derechos constitucionalmente protegidos

Barrunto tiempos en los que oradores desmelenados tratarán de utilizar la Constitución como arma de combate. Ya han empezado, de hecho, antes de que el anteproyecto viera la luz. 

Dadas sus carreras de origen, muchos de los vociferantes detractores del anteproyecto, deberían recordar que ni hay derechos absolutos, ni, como era de esperar, nuestra Constitución los ampara.

  • Ni siquiera el derecho a la vida (véase el Art. 15) goza de una protección "absolutamente absoluta" ¿Cómo esperar que la Carta Magna lo haga con los demás?
  • Es evidente que la Constitución reconoce y ampara el derecho a la propiedad  privada. Pero tal vez convenga leer completo el Art. 33 y no quedarse en el punto 1: tampoco la propiedad es un derecho absoluto.
  • No es menos cierto que el derecho de todos a una vivienda digna y adecuada encuentra respaldo expreso en el art. 47 del mismo cuerpo legal.
  • Por último, todos los Artículos de la Constitución, nos atañen y nos obligan, nos permiten o nos prohiben algo. Todos: no sólo los que vienen bien al argumentario del momento. 

Por tanto, si la Constitución protege la propiedad privada pero no en términos absolutos, y si el mismo texto habla del derecho a una vivienda digna, pero no impone al propietario particular la carga de hacerlo efectivo ¿Cómo hacer que ambos derechos convivan y no se excluyan mutuamente?


El mercado, las ideologías y las soluciones alternativas

Que el modelo socioeconómico consagrado en nuestra Carta Magna descansa en los principios básicos de la economía de mercado, ofrece pocas dudas. Otra cosa es que ambos extremos del arco parlamentario traten de convencernos de que en el texto sólo hay mercado o que en la Constitución sólo hay derechos sociales. 

  • Dicen quienes se ganan la vida explicando cómo funciona esa entelequia abstracta, "El Mercado", que la Ley de la Oferta y la Demanda, no está en el decálogo, pero que eso se debe a un defecto de traducción del texto que Dios le entregó a Moisés. Así que si se contrae la demanda, cosa que ocurriría si se coarta la libertad del propietario de viviendas, suben los precios de los alquileres.
  • También admiten los mismos especialistas que en un escenario concreto, la capacidad de influencia sobre los precios de quien controla una parte significativa de la demanda es un hecho determinante: subirán o bajarán no a su capricho, pero casi.
  • Siendo así las cosas, ¿alguien ha visto algún precepto constitucional que prohiba o limite la capacidad del Estado (Estado en su sentido más amplio posible) para edificar, ser propietario y después arrendador de viviendas?

Es posible que una política expansiva en este sentido, viviendas públicas para todos los segmentos sociales, con alquileres relacionados con las características de las viviendas, influyera de forma decisiva en el mercado de las viviendas de alquiler. Dotaría, además, a las Administraciones concernidas, Ayuntamientos en especial, de unas fuentes de financiación recurrentes, pero esa es otra historia 

Habría que blindar el modelo de manera que fuera imposible la enajenación posterior de ese parque, pero creo que a largo plazo haría mucho más por la solución del problema que entrar en la doble vía de las limitaciones de derechos que siempre habría que justificar, y la de subvenciones, desgravaciones, penalizaciones, bonificaciones, bonos y pamplinas sometidas todas a una inextricable casuística, que acaban siendo caldo de cultivo de corruptelas infinitas.


Una contradicción interna: la Ley que podría no aplicarse

Algunas de las medidas más polémicas, las que tienen que ver con el intervencionismo puro y duro en materia de precios de alquiler, dicen que adolecen de precisión terminológica y, por otra parte, su puesta en práctica efectiva dependería de la voluntad de Comunidades Autónomas y Ayuntamientos.

Tiempo les ha faltado a los portavoces de Partidos poco dados a colaborar con el Gobierno para anunciar que las CC. AA. bajo su control no aplicarán esas partes de la Ley. Llamativo que el anuncio sea anterior a conocer el texto al que se oponen, pero no es la primera vez que ocurre.

Cabe otra peregrina interpretación de esta aparente anomalía: ¿y si alguien no quisiera que "su" Ley se aplicara tal como está ahora? Todo indica que el texto actual no es el que le hubiera gustado a ninguno de los dos socios de Gobierno: se queda corto para UP y puede parecer excesivo para PSOE. ¿Podría ser éste el mecanismo de dejar en agua de borrajas la parte más intervencionista de la Ley? Personalmente lo dudo, porque si se me ha ocurrido a mí, ¿cómo iba a pasar inadvertido para la sagacidad de varias Ministras y Ministros, aunque sean de UP?


Mi resumen

Suerte para quienes tengan que debatir el texto definitivo; tendrán que afilar sus argumentos, su capacidad de negociación para dar con el texto final, porque se enfrentan a una materia trascendental para el futuro de más de una generación.

Desde mi condición de ciudadano con derecho al voto, a mi propia opinión y al uso de la palabra, también la escrita, me atrevo a exigirles altura de miras, olvido de banderías y sumisión a su obligación de mirar por el bien común, más allá de los prosaicos cálculos electorales de su Partido, sea el que sea.

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