sábado, 25 de febrero de 2023

   Plan de Calidad Institucional (V y último)

Y, para terminar, los jueces

La nueva era, la que comenzó el día que el General Franco abandonó este mundo, ha transformado España. No es el momento de dar un repaso, por somero que fuera, a las cosas que han cambiado desde entonces, a cómo es nuestro país cuarenta y siete años después. No obstante, algo tan esencial como la judicatura sigue esperando incorporarse al tiempo nuevo.

No, no es una crítica a los jueces; nada más lejos de mi intención porque no creo que fuera justo creerlo, mucho menos decirlo. La destinataria de mi crítica es la clase política nacida de la transición: la judicatura, el Poder Judicial, ha sido la cenicienta del progreso. Ningún Partido, ningún Gobierno, ni la UCD, ni el PSOE, ni el Partido Popular han estado a la altura de sus obligaciones. Y el resto de los Partidos tampoco han clamado contra lo evidente, que la judicatura española está en la UVI, desde hace décadas: plantillas canijas absolutamente insuficientes, escasez bochornosa de medios materiales, normativa procesal caduca… ¡Y seguimos perdiendo el tiempo conque si politizamos la justicia o judicializamos la política! ¡Y seguimos escuchando a diario debates estériles sobre quién es más culpable, si el que manda o el que está en la oposición! Y, mientras tanto, los unos por los otros, la casa sin barrer

Menos demagogia, más realismo, y alguna atención a los datos, porque todos sabemos qué habría que hacer para arreglar el dislate: poner los intereses del ciudadano por encima de los resultados electorales, e incrementar las partidas presupuestarias que correspondan durante los años necesarios para cambiar el panorama de arriba abajo.

Lean algunos datos de las estadísticas comunitarias:

  • La media europea es de 20’7 jueces por cada 100.000 habitantes. Luxemburgo cuenta con 40, Alemania con 25, Portugal con 19. España tiene, exactamente, 10’2. ¡Ah! Y Bulgaria 31. Esto no va, ya ven, de pobres o ricos.
  • Luxemburgo tiene un gasto en justicia de 200 € por habitante, Alemania 150, Portugal 89. España 68.

Veamos ahora qué dice el documento de Alberto Núñez Feijóo  sobre el Poder Judicial


XI. Mejoras en la carrera judicial

  • Medida 52: Se mantiene el actual sistema de acceso a la carrera judicial por oposición, sin renunciar a su mejora y actualización. Perfecto, no vamos a un sistema de jueces electivos a la americana, ni a procesos de selección en manos de expertos, pero ¿qué medidas de mejora y actualización propone? Silencio. Silencio que interpreto como que lo dicho es una mera declaración retórica; probablemente porque no se tenga la menor idea de por dónde hincarle el diente a algo que tal vez ni siquiera se sepa si vale la pena intentar. Añade, a renglón seguido, que "Se propone incrementar el número de jueces de la planta judicial publicando convocatorias de 200 plazas por año". Bienvenido sea el anuncio de que habrá más jueces; falta hace, aunque ¿200 son muchos o pocos? ¿Cuántos se necesitan para llegar a la media europea? ¿Y a qué ritmo anual? ¿Y durante cuántos años? Porque barrunto que podríamos tener problemas para conseguir 200 jueces nuevos si tratamos de mantener los niveles de calidad exigibles. Un juez competente no se improvisa. Y como eso es así, mucho me temo que la propuesta es un farol.
  • Medida 53: Para el desempeño de cargos públicos representativos o de confianza y reingreso al servicio activo, los Jueces y Magistrados que se presenten a elecciones para acceder a cargos públicos representativos solicitarán una excedencia voluntaria. Miren por dónde, esta vez el documento sí es preciso, prolijo y exhaustivo: una larga exposición y cuatro párrafos más para detallar punto por punto, cómo regular la entrada y salida de los jueces que un buen (o mal) día cuelguen temporalmente su toga y se metan en política. Loable, pero sospechoso: cuatro líneas para resolver la penuria de medios humanos y párrafos densos, detallados, regulando ese irse y volver de los Jueces. Dicho de otra manera, a Don Alberto no le gustan los Jueces en la Política. (A mí tampoco me entusiasman, pero más me alarma el desinterés por los grandes problemas de la Justicia, cada día peor valorada por la ciudadanía). O sea, el documento dedica más atención a la actividad política de los jueces que a la carencia de efectivos.
  • Medida 54: En el ámbito de nombramientos, todos los altos cargos de la carrera judicial pasarán a ser nombrados por mayoría de tres quintos del CGPJ. La relación de afectados, que se incluye a renglón seguido de lo que acabo de transcribir, será elegida, si las cosas no cambian, previo acuerdo necesario entre los dos bloques del Consejo, el progresista y el conservador. así que cualquiera de los dos Partidos hegemónicos puede bloquear sine die la cobertura de las plazas más importantes e la carrera judicial. ¿Les suena? Eso es lo que viene ocurriendo con la renovación del propio Consejo desde hace más de mil días. Para echarse a temblar.

Este punto 54, incluye además el requisito de 20 años de antigüedad mínima en la carrera para acceder al Tribunal Supremo, y el cambio de sistema de nombramiento de magistrados autonómicos, hurtándole a la Asambleas Legislativas regionales la capacidad actual de presentar ternas, sustituyéndola por un nuevo método de nombramiento por concurso de méritos en el cual, uno de cada tres Magistrados nuevos podrá ser un jurista de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio profesional en la Comunidad Autónoma. Me pregunto el por qué del cambio. Suena a aperitivo de lo que se avecina cuando hablemos del CGPJ y del modo en que se propone modificar la elección de sus vocales. ¿Judicialización de la justicia? ¿Bastaría con modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica, o sea, aprobación por mayoría absoluta) o deberán revisarse los Estatutos de Autonomía si es que en ellos, lo desconozco, aparece recogida esa prerrogativa de la asamblea?


XII.- Garantizar la independencia del Consejo General del Poder Judicial

¡Por fin, como guinda del pastel, don Alberto se arremanga y entra a fondo en el asunto que, le quite votos o no, es uno de los grandes bochornos políticos desde hace años! Antes de entrar en materia, se me ocurre que la credibilidad de este apartado y, en buena medida, del documento entero, habría quedado asegurada si hubiera venido precedida por el anuncio del fin del bloqueo a la renovación del actual Consejo. No ha caído esa breva.

Medida 55.- Con carácter prioritario se derogará la reforma que limita las funciones del CGPJ cuando se encuentra en situación de prórroga. No dudo de que si gana las elecciones, el Sr. Feijóo puede hacerlo. Es una medida cortoplacista, una especie de revancha antisanchista, aunque, si se parara a pensarlo, vería que el sistema actual puede verse desde otro enfoque: restarle competencias al Consejo cuando expira su plazo y está "en funciones" es una manera de desanimar a que se produzcan este tipo de manifiestas irregularidades. En fin, minucias, comparadas con el punto 56.

Medida 56: Además, se establecerá un nuevo modelo de nombramiento de los vocales del CGPJ. Era de esperar. Supongo que el Sr. Feijóo pretende, después de ganar las elecciones, continuar con un Consejo afín a sus tesis y olvidarse del pasado. Es una opción, pero, como era de esperar, no hay el menor rastro que indique un cambio de actitud en el gran tema pendiente: la renovación del actual y caducado Consejo. Es decir, de primero acatar la legalidad vigente y luego, si procede, cambiarla, nada de nada.

¿Cómo quiere que se elijan los Conejeros Jueces si llega a la Moncloa?

  1. Los doce vocales del turno de procedencia judicial serán elegidos por y entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales que se encuentren en situación de servicio activo. De los doce vocales, dos serán Magistrados del Tribunal Supremo, tres magistrados con antigüedad superior a veinticinco años, y siete Jueces o Magistrados sin sujeción a antigüedad. No son elegibles aquellos que hubieren sido cargo electo, miembro del Gobierno de la Nación o de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas o cargo orgánico en un partido político u organización sindical en los últimos cinco años.   
  2. La elección de los ocho vocales del turno de juristas de prestigio por el Congreso y el Senado se realizará entre juristas de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio en su profesión, que no hayan sido cargo electo, miembro del Gobierno de la Nación o de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas o cargo orgánico en un partido político u organización sindical en los últimos cinco años. No podrán ser elegidos por este turno quienes sean miembros de la Carrera judicial, salvo que se encuentren en situación administrativa distinta a la del servicio activo durante al menos los cuatro años anteriores.

¿Razonable? El slogan de "que los jueces elijan a los jueces" suena bien, es fácil de recordar y, si no se le da muchas vueltas, hasta parece de una lógica aplastante: 

Vamos por partes

  • ¿Qué dice la Constitución? El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión. Se ha dicho en varias ocasiones por voceros del PP que la Constitución ampara el que los jueces elijan a los jueces. No es cierto, no hay más que leer de nuevo el 122.3 de la Constitución: se elegirán entre, no por. Tienen que ser jueces pero no necesariamente elegidos por sus compañeros.
  • El equilibro entre poderes que se ha buscado desde Montesquieu, recela de que alguno de los tres Poderes alcance excesiva preeminencia sobre los otros dos. Normalmente las suspicacias se centran en el Poder Ejecutivo, pero el Judicial también debe responder a ese juego de contrapesos. En este sentido, hay que recordar que el Consejo es el órgano de gobierno de la judicatura pero que no forma parte de ella. Es, pues, el órgano de gobierno y de control. ¿Tan perverso es que el controlador no sea elegido por aquellos a quienes tiene que controlar?

En esta materia, desde hace años, nos estamos moviendo en el terreno de los equívocos. A fuerza de repetirlo hay quien puede llegar a pensar que lo que se busca es una judicatura apolítica, cuasi angelical, sin ideología. Eso es un disparate; los jueces no sólo pueden sino que, de hecho, tienen ideas políticas, y cuando se agrupan lo hacen en base a afinidades ideológicas, y no hay forma de evitarlo, ni falta que hace.

Lo que hay que buscar y conseguir, no es que no tengan ideas, sino que las dejen de lado cuando tienen que dictar sentencia, o, en el caso del Consejo, cuando tienen que gobernar la judicatura. Debates como éste se producen en todos los países: en USA cada Presidente, cuando llega el momento, nombra jueces del Supremo afines a su modo de pensar. Luego, la ideología de los nombrados puede llegar a influir en asuntos tales como la constitucionalidad o no de la pena de muerte o del aborto, pero no en si el Presidente que los nombró se saltó o no la legalidad vigente, como Mr. Trump ha tenido ocasión de comprobar. 

Tal parece que Alberto Núñez Feijóo busca seguir controlando el CGPJ acaso porque da por supuesto que en el colectivo del que hablamos pudiera haber una mayoría de jueces de mentalidad conservadora. Es posible que tenga razón, pero, tal como yo lo veo, eso no tiene nada que ver con lo que la Constitución establece, ésa que dice que hay que renovar el Consejo al quinto año, ésa que parece papel mojado para tres Presidentes seguidos del PP. 


En resumen

  • El documento que he venido comentando, como cualquiera que contuviera sesenta medidas, tiene de todo: algunas mayoritariamente aceptables, otras de corte más o menos oportunista, e incluso, más de una irrelevante o inadecuada. Las hay de gran calado y otras sin demasiada sustancia.
  • Da la impresión de haber sido el fruto de un proceso de elaboración precipitado; carece, a mi juicio, de una sistemática armónica, y me parece percibir estilos de redacción diversos, que cabría atribuir a una diversidad de fuentes, no unificadas por una última lectura.
  • Echo de menos referencias al mundo de la economía (no al empresarial) y a las instituciones supranacionales. No esperaba que se propusiera modificar los Tratados de la Unión Europea, pero sí alguna medida sobre cómo debería comportarse, por ejemplo, el Gobierno que él aspira a encabezar, con Bruselas ¿O es que renuncia a salir de casa?
  • Más me preocupa, no obstante un silencio atronador: ni una vez, ni una sola vez ha utilizado expresiones como "pacto de Estado", "acuerdos con la oposición", "consenso". Él sabrá cuáles son sus expectativas electorales, pero tenga la mayoría que tenga, sin interlocución con la oposición y con los agentes sociales, sin acuerdos de Estado lo que pudiera llegar a conseguir, puede durar lo que dure su legislatura.
  • Y, hablando de silencio, me sorprende que de este documento, dado a luz hace más de un mes, no se ha vuelto a hablar ni por Don Alberto ni por su coro de palmeros habituales.
  • De lo que no tengo duda alguna, por último,  es de que aunque su Gobierno esté formado por superhombres (y supermujeres, no faltaría más), aunque él mismo estuviera revestido de poderes sobrenaturales, es completamente imposible sacar adelante éstas sesenta medidas en los primeros cien días de andadura de su mandato. Espero que, al menos en esto, ambos estemos de acuerdo. 


 La próxima semana hablaremos de animales o de la pareja Abascal - Tamames o de las dos cosas, ya veremos.








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